Andres Ruiz Espada
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¿Requisitos para abrir un albergue de donativo?

Estoy planteandome el abrir un albergue de donativo ,pero no encuentro informacion  de requisitos necesarios, tanto a efectos fiscales como tecnicos del propio alojamiento, si alguien me puede facilitar como acceder a esa informacion le estaria muy agradecido,por si hay diferencia de legislacion  les indico que estaria ubicado entre Melide y Arzua.un saludo y gracias

Gronze
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Desconozco esta información, yo lo primero que haría sería preguntar en el Ayuntamiento los pasos a seguir.

Andres Ruiz Espada
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Gracias el problema es que con el confinamiento se hace todo muy complicado

 

Manolo solo
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Saludos Andrés Ruiz.

Desconozco este caso de apertura de un local de hospedaje o servicio público como puede ser un albergue. 

Tal cual está la situación, yo esperaría un poco de claridad en como va a ser el albergue del 2021. Miraría los que ya hay, vería el que está más acorde con mis intenciones y preguntaría si se vende o se traspasa. 

Si lo tuyo es ayudar y participar, puedes ofrecerte como hospitalero si no lo has hecho ya y así ves los pros y CONTRAS.

Suerte en lo que decidas, tanto por la inversión como por el esfuerzo desmedido que supone ser hospitalero, más aún en esos 100km,, 

 

Solitario
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Es una opinión muy personal, y no quisiera que nadie se molestase.

Pero en el tramo de los 100km lo que funcionaria es abrir una discoteca. XD

El sitio ideal para un albergue de donativo, son los 800 km anteriores.

Un abrazo

Sofía
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Andres Ruiz Espada
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Muchas gracias por vuestras respuestas,resido en Valencia ,aunque soy Andaluz y un apasionado del Camino a punto de cumplir 55 años me planteo dar un giro a mi vida y  mudarme al camino y ademas de ayudar a los peregrinos poder pagar las facturas, por eso quiero montar una tahona para vender pan y algun producto de alimentacion,y ademas alojar bien en la nave que tengo vista o en el terreno que tengo colindante en tiendas a los peregrinos que hacen el camino en esos meses en que no hay nada abierto,y tan necesario es un lugar de reposo y una ducha,y porque no una charla a la luz de una chimenea.de Marzo en adelante hay bastante oferta pero desde nov hasta febrero el camino frances a pesar de ser tan multitudinario tiene muchas carencias  basicamente por la baja rentabilidad por eso yo no quiero cobrar a esos escasos peregrinos invernales simplemente transmitirles el espiritu del Camino.Un saludo

Joan Manso
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Deseo de todo corazón que puedas ver cumplidos tus deseos. Y si, durante esas fechas es muy de agradecer encontrar acomodo y conversación, pues como dices - y esa es mi experiencia - pocos son los albergues que acogen peregrinos durante esas fechas.

Un saludo, Andrés

EngelAbel
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Hola Andrés,

Ante todo, espero que con el tiempo veas cumplidos tus nobles deseos e intenciones. 

El DECRETO 48/2016, de 21 de abril, es el que regula la ordenación de los albergues turísticos. Desarrolla la Ley 7/2011, del turismo de Galicia. Ese es el decreto que reconoce, como una categoría especial, "los albergues de peregrinos del Camino de Santiago". Para ello, deben estar situados en una área de 3 km en torno al Camino de Santiago, ser gestionados por entidades sin ánimo de lucro y  su actividad esencial ha de ser la función hospitalaria al peregrino, sin de ánimo de lucro.

Los albergues de peregrinos de titularidad pública quedan excluidos de este decreto porque tienen su normativa específica en la de la Red Pública de Albergues del Camino de Santiago, si no me equivoco. Sin embargo, esa nueva categoría de "albergues de peregrinos del Camino de Santiago", gestionados por entidades sin ánimo de lucro, sí quedan  dentro de este decreto, debiendo cumplir con los requisitos mínimos que se establecen para los albergues turísticos de segunda categoría, con las posibles exenciones que contempla el art. 36. Los artículos que te interesan en principio son el 29 y el 30. 

En cuanto a la "formalización", los titulares de la categoría "albergues de peregrinos del Camino de Santiago" deben presentar ante la Agencia Turismo de Galicia una declaración responsable (el modelo está normalizado en el anexo III) en la que básicamente se hace constar que el albergue cumple los requisitos, tiene las autorizaciones necesarias y algunos otros detalles como el periodo de funcionamiento, lo que no exime de posibles comprobaciones por parte de la administración competente en la materia. Ten en cuenta que en este tipo de materia las entidades locales, los ayuntamientos, tienen atribución de competencias.

El decreto habla de "entidades sin ánimo de lucro": Entidades. El extremo opuesto, que lo hay, es quien, particular, tiene/compra una casa o consigue una "concesión" (¿?) y la dedica, junto con su trabajo y atención, a estos menesteres. Siendo su casa, puede acoger a quien quiera, no cobra ni pide nada y tampoco presta un servicio, pero recibe la voluntad y con ello ayuda al mantenimiento del albergue y los gastos. En cualquier otro caso, sobre todo cuando hay una contraprestación dineraria, plantearía una actividad económica. Y en cualquier caso también se trataría de un albergue de titularidad (salvo si el espacio es una concesión) y gestión privadas.

Normalmente "dar de alta" un albergue, en general implica su autorización previa y su inclusión en un registro de actividades económicas o similar, pero si no me equivoco tampoco, quedan excluidos de autorización los albergues en los que no haya contraprestación económica o la cantidad abonada tenga el carácter de dádiva o donativo (entiendo que indicas de "donativo", como tal). Por favor, comprueba esto último.

En fin, creo que con esta información tienes por donde empezar pero para mayor información, seguridad y más detalles, con el fin de no dar pasos de más, debes dirigirte a la Agencia Turismo de Galicia. Encontrarás su web en Internet.

BC!

Andres Ruiz Espada
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muchas gracias poco a poco voy aclarandome un poco,en mi caso seria como ya comente una tahona para vender pan y algun producto de la tierra,para conseguir pagar el Alquiler y al tener un amplio terreno acondicionarlo un poco para permitir acampar solamente en casos exepcionales y al ser una nave industrial  donde voy a residir  y tener el negocio acondicionar un trozo con un par de literas para algun peregrino necesitado

Manolo solo
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Saludos Andrés.

Tu idea no es mala para cambiar de vida y tener una actividad "entretenida y variada", nada más.

Pon los pies en el camino. Ese amplio batiburrillo de actividades necesita de licencias y autorizaciones o licencias específicas (bar, vivienda, acampada, alojamiento, ultramarinos, autónomo, empleados....).

Aquí en España el corporativismo es muy fuerte, vas a iniciar actividadES en una zona muy colapsada por esos servicios y por regentes locales. Preparate para revisiones documentales e inspecciones de todo tipo, denuncias, cierres temporales etc.

Ya te digo que la idea no es mala para jubilarse y mantenerse vivo, pero para subsistir de ello deben pasar años y vicisitudes varias.

Por otro lado, al principio yo por lo menos, me confundí con lo de albergue de donativo. Pensé otro concepto de local. Ya con tus explicaciones se entiende cuales son tus intenciones: un local a pie de camino donde tener el anzuelo echado con todo tipo de carnaza, para que piquen el máximo posible de peregrinos.

Por supuesto que me parece bien y honrado, no seré yo quien critique tantas y tantos establecimientos similares a lo largo de los caminos que responden a la oferta y la demanda.

Todo trabajo es digno si se hace con dignidad.

Andrés piénsatelo. Decidas lo que decidas: suerte, salud y buen camino.